En Almería la Consejería de Empleo ha destinado 100.000 euros de presupuesto a esta convocatoria

Hasta el próximo miércoles de 4 de agosto, las personas emprendedoras jóvenes pueden solicitar las ayudas Innovactiva 6000, un programa del Instituto Andaluz de la Juventud, entidad adscrita a la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, que apoya con ayudas que pueden alcanzar los 6.000 euros la puesta en funcionamiento y desarrollo de proyectos empresariales de jóvenes de hasta 35 años de Andalucía o residentes en la comunidad autónoma.

En la provincia de Almería, el presupuesto destinado a este fin en la actual convocatoria asciende a 100.000 euros, de los 800.000 consignados en Andalucía, que suponen un 26% más respecto al año pasado, cuando se destinaron 632.500 euros a apoyar el emprendimiento juvenil andaluz.

La asesora de programa del IAJ en Almería, Rosa Maldonado Aguilera, ha señalado que “la Consejería de Empleo y el Instituto Andaluz de la Juventud están al lado de los autónomos y de las personas que quieren poner en marcha su propia empresa para ayudarles a que su idea de negocio sea una realidad” y ha animado a los jóvenes emprendedores y emprendedoras de la provincia a presentar sus proyectos a esta convocatoria de Innovactiva 6000. Asimismo, ha recordado que en sus dos convocatorias anteriores, este programa ha contribuido a la creación de 23 proyectos empresariales de jóvenes almerienses, con una ayuda global de 121.861 euros.

En 2019 y 2020, estas ayudas facilitaron la puesta en funcionamiento en Almería de 16 empresas promovidas por autónomos, 4 sociedades y 3 cooperativas. El 65% de los proyectos aprobados fueron impulsados por mujeres jóvenes. La mayor parte de estos negocios pertenece al sector servicios, con varios comercios, una productora audiovisual, una fotógrafa, servicios a otras empresas; servicios veterinarios,  sanitarios y de fisioterapia; una agencia de viajes, una ilustradora digital o una empresa dedicada al reciclaje de plásticos, entre otras actividades.

 

Webinar sobre las ayudas Innovactiva 6000

 

El miércoles 28 de julio, la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo ha organizado a través del Instituto Andaluz de la Juventud y la fundación Andalucía Emprende un webinar regional en el que han participado más de 350 personas, para dar a conocer los detalles de la actual convocatoria Innovactiva 6000, así como los recursos de Andalucía Emprende para apoyar a los jóvenes emprendedores y emprendedoras. Está disponible en el canal de Youtube de Andalucía Emprende, en https://bit.ly/370iObd

El webinar ha sido inaugurado por el secretario general de Ordenación de la Formación Profesional para el Empleo, Javier Loscertales; Carmen Poyatos, directora general del IAJ; y Rosa Siles, directora de Andalucía Emprende. Como ponentes, han intervenido los jefes de servicio del IAJ en Almería, María Ángeles Simón, y en Granada, Leopoldo Andrés Villalobos; la técnica de Andalucía Emprende Almería Rosa Muñoz.

 

Casos de éxito

 

También han expuesto sus experiencias en una mesa redonda varios jóvenes empresarios y empresarias de éxito que han sido beneficiarios de la ayuda Innovactiva 6000. La mesa ha sido moderada por el jienense Juan Alberto Peñuela, CEO de la productora audiovisual Capsule Desarrollo, Premio Andalucía Joven 2020 en la modalidad de emprendimiento, y en ella han intervenido la empresaria afincada en Almería Lidia Romero, fundadora de Only About Women Academy (OWA); José Luis Baños, fundador de Winable Experiencias Enoturísticas, de Cádiz; y Pablo Rodríguez, CEO de Octavilla Game, de Sevilla.

Lidia Romero Gallardo es fundadora de OWA, un centro de entrenamiento físico y formación y academia presencial on line para España y Sudamérica, que ofrece formación para la regulación de competencias profesionales en el ámbito de la actividad física y el deporte. Presta servicios de entrenamiento físico y formación en salud ‘sólo para ellas’, con especial énfasis en embarazadas. Fue premio del público en los Premios Andalucía Emprende a nivel regional en su edición de 2020.

 

Requisitos y procedimiento para solicitar las ayudas

 

Estas subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, se dirigen a personas jóvenes andaluzas o residentes en la región que creen empresas con forma jurídica societaria -cuyo domicilio social radique en Andalucía-; o bien para constituirse como autónomos, en cuyo caso deberán acreditar que no han estado dados de alta en el régimen especial de autónomos durante el año inmediatamente anterior a la fecha de entrada en vigor de la convocatoria.

Podrán beneficiarse de estas ayudas las personas jóvenes andaluzas o residentes en Andalucía, mayores de 18 y hasta 35 años, inclusive, que hayan finalizado estudios universitarios o de Formación Profesional de Grado Medio o Superior y no hayan sido beneficiarios de estas ayudas en convocatorias anteriores aunque hayan renunciado a la misma una vez concedida.

Con Innovactiva 6000 son subvencionables las inversiones encaminadas a la puesta en funcionamiento de la actividad empresarial tales como la adquisición de mobiliario, maquinaria, utillaje, equipos para procesos informáticos y de telefonía, aplicaciones informáticas, software, dominios web, elementos de transporte, leasing, obras de adecuación, mejora y adaptación de inmueble dedicado a la actividad empresarial, siempre que sea propiedad de la persona solicitante de la ayuda, propiedad industrial (patentes, marcas, entre otros) y derechos de traspaso.

En el caso de empresas, podrán subvencionarse además las actuaciones encaminadas a la constitución de las empresas (registro y notaría). No serán subvencionables los gastos de naturaleza corriente, como cuotas de la seguridad social, sueldos o retribuciones ni las aportaciones de capital inicial de la empresa.

El solicitante deberá reflejar una fecha de inicio de los trámites de constitución de la empresa o de la constitución como autónomo, que deberá estar comprendida entre el día siguiente al de publicación en BOJA de la resolución de la convocatoria hasta el 31 de diciembre de 2021. A partir de esa fecha, el solicitante tiene seis meses para constituir la empresa con forma jurídica societaria o tres meses para constituirse como empresario individual autónomo/a e iniciar la actividad empresarial. Igualmente, a partir de esa fecha se contabilizará el periodo de seis o de tres meses, respectivamente, para realizar los gastos subvencionables tanto de capital como de inversión e iniciar la actividad empresarial.

No podrán solicitar estas ayudas aquellas personas que hayan sido beneficiarias de las mismas en convocatorias anteriores, aunque hubieran renunciado a ella una vez concedida, así como aquellas que habiendo figurado en la propuesta definitiva de resolución hubiesen renunciado antes de formularse la resolución de concesión definitiva, siempre que, en este caso, no hayan transcurrido más de tres convocatorias desde que se produjo la renuncia.

Las solicitudes podrán presentarse presencialmente en los Servicios Centrales y las Direcciones Provinciales del IAJ, o bien de forma telemática en la siguiente dirección:  http://lajunta.es/1rncs

También pueden presentarse a través del Registro Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, accesible en la dirección http://lajunta.es/125fu

Tanto la citada solicitud, Anexo I, como el formulario de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos, se pueden obtener en la web del Instituto Andaluz de la Juventud (www.patiojoven.es), así como en la sede central del Instituto Andaluz de la Juventud y en las sedes de las Direcciones Provinciales del mismo.

El estado de tramitación del procedimiento de concesión de estas ayudas podrá ser consultado por las entidades interesadas a través de la web del Instituto Andaluz de la Juventud, en la que figurarán los actos de trámites realizados, su contenido y fecha en que fueron dictados.