Documentación relacionada con el encuentro digital celebrado el 14 septiembre 2023,  en el que la Directora General de Trabajo Autónomo y Economía Social de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, Susana Romero y su equipo, presentan y explican las ayudas para el fomento del trabajo autónomo en Andalucía en su línea 2 de Inicio de Actividad, recogidas en la Orden 29 de junio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva. Publicada en la Resolución de 27 de julio de 2023, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se convoca, para los años 2023 y 2024, la concesión de subvenciones de la línea 2.

La orden tiene como finalidad el fomento del trabajo autónomo en Andalucía y el apoyo a la estabilización y fortalecimiento de las iniciativas emprendedoras por cuenta propia que cumplan los requisitos exigidos en dicha orden.

¿Cuál es el periodo para presentar las solicitudes? Hasta el 30 septiembre 2024.

¿Cuál es el plazo para presentar las solicitudes?
El plazo para presentar las solicitudes es de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de alta  en RETA y concluirá el mismo día en que se produjo el alta en el mes de vencimiento.

Si no hubiera día equivalente a aquel en que comienza el cómputo se entiende que el plazo expira el último día del mes.

«Se ha establecido un plazo transitorio para aquellos casos de alta en RETA a partir del 1 de enero de 2023 y antes de la publicación de la convocatoria, que será de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria, esto es: del 1 de agosto al 2 de octubre de 2023 (al ser el 30 de septiembre de 2023 sábado y día inhábil).»

Toda la información sobre requisitos, normativa y trámite: http://lajunta.es/4ax7s

BOJA: https://bitly.ws/UGAc