Financiación orientada a:

  • Tramo I Inversión y Liquidez: Autónomos, empresas y entidades públicas y privadas españolas, domiciliadas en España o con domicilio en el extranjero que cuenten con mayoría de capital español.
  • Tramo II Exportadores Medio y Largo Plazo: Concesión de Crédito Suministrador, Comprador y Financiación complementaria a empresas.
Tramo I Inversión y Liquidez

Podrán solicitar estos préstamos los autónomos, empresas y entidades públicas y privadas españolas (fundaciones, ONG´s, Administración Pública), incluyéndose tanto las domiciliadas en España, como aquéllas que estando domiciliadas en el extranjero cuenten con mayoría de capital español.

Condiciones:

Importe de la operación: El importe máximo por cliente y año es de 12,5 millones de euros o su contravalor en dólares (USD), en una o varias operaciones.

Conceptos financiables: los préstamos podrán destinarse a financiar:

1. Liquidez: las necesidades de circulante tales como gastos corrientes, nóminas, pagos a proveedores, compra de mercancía, etc.

2. Inversiones productivas fuera del territorio nacional:

– Activos fijos productivos nuevos o de segunda mano.

– Vehículos turismos, cuyo precio no supere los 30.000 euros más IVA. Los vehículos

industriales podrán financiarse en un 100%

– Adquisición de empresas.

– Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) o impuesto de naturaleza análoga que se devengue

en España, a la hora de adquirir un activo, y se liquide como soportado en España en la

declaración de IVA a la Hacienda española.

– Liquidez con el límite del 50% de la financiación obtenida.

3. Se podrán financiar las inversiones que se hayan realizado previamente a la firma de la operación, siempre que éstas no se hayan iniciado antes del 1 de enero de 2014.

Modalidad: Préstamo/leasing para inversión, préstamo para liquidez.

Tipo de interés: el cliente puede elegir entre tipo de interés fijo o variable en la modalidad en la que haya formalizado la operación:

– Para operaciones a plazo igual a 1 año: tipo de interés Fijo o Variable (euro o dólar USD) más

un margen de hasta el 2,30%.

– Para operaciones a plazo de 2, 3 y 4 años: tipo de interés Fijo o Variable (euro o dólar USD)

más un margen de hasta el 4,00%.

– Para operaciones a un plazo superior a 4 años: tipo de interés Fijo o Variable (euro o dólar

USD) más un margen de hasta el 4,30%.

El tipo de interés para el cliente (TAE) se publica quincenalmente para todos los plazos y modalidades.

Amortización y carencia: 1, 2, 3 y 4  años con la posibilidad de 1 año de carencia si se financia 100% Liquidez y 1, 2, 3, 4, 5, 7, 10, 12, 15 y 20 años con hasta 2 años de carencia si se financia Inversión.

Comisiones: La Entidad de Crédito no aplicará ninguna comisión al cliente, salvo la de amortización anticipada voluntaria que, con carácter general, será del 2,50% sobre el importe cancelado cuando la vida residual de la operación sea superior a 1 año y del 2,00% cuando ésta sea inferior o igual a 1 año.

En caso de amortización anticipada obligatoria se devengará una penalización del 3,00% sobre el importe cancelado.

Garantías: A determinar por la entidad financiera con la que se tramite la operación.

Vigencia: Se podrán formalizar préstamos con cargo a esta Línea hasta el día 12 de diciembre de 2015.

Tramo I Inversión y Liquidez (acceso web ICO)

Tramo II Exportadores Medio y Largo Plazo

Podrán Podrán solicitar financiación:

  • Empresas con domicilio social en España para la venta de bienes o servicios, con aplazamiento de pago, a empresas con domicilio social fuera de España.
  • Empresas con domicilio social fuera de España, para la adquisición de bienes o servicios, con aplazamiento de pago, a empresas con domicilio social en España.

Condiciones:

Importe de la operación: El importe máximo por cliente es de 25 millones de euros o su contravalor en dólares (USD), en una o varias operaciones.

Conceptos financiables: la financiación  podrán destinarse a:

a) Crédito Suministrador: Financiación destinada a empresas con domicilio social en España para la venta, con aplazamiento de pago, de bienes o servicios, nuevos o de segunda mano, a empresas con domicilio social fuera de España.

b) Crédito Comprador: Financiación destinada a empresas con domicilio social fuera de España, para la adquisición, con aplazamiento de pago, de bienes o servicios, nuevos o de segunda mano, exportados por empresas con domicilio social en España.

Financiación Complementaria: Financiación requerida por la empresa con domicilio social fuera de España que adquiera los bienes o servicios exportados por la empresa con domicilio social en España, que no se haya cubierto en su totalidad con un Crédito Comprador.

Modalidad: Préstamo, con posibilidad de desembolso en varias disposiciones.

Tipo de interés: el cliente puede elegir entre tipo de interés fijo o variable en la modalidad en la que haya formalizado la operación:

– Para operaciones a plazo de 2, 3 y 4 años: tipo Fijo o Variable (euro o dólar USD) más un margen de hasta el 4,00%

– Para operaciones a un plazo superior a 4 años: tipo Fijo o Variable (euro o dólar USD) más un margen de hasta el 4,30%

Amortización y carencia: 2, 3, 4, 5, 7, 10, y 12 años con hasta 3 años de carencia según plazo.

Comisiones: La Entidad de Crédito aplicará comisión de estudio/apertura a las operaciones que será de hasta un 1% para aquéllas con plazo inferior a 5 años y de hasta un 1,50% para las que tengan un plazo igual o superior a los 5 años.

En caso de amortización anticipada voluntaria se aplicará una comisión que, con carácter general, será del 2,50% sobre el importe cancelado cuando la vida residual de la operación sea superior a 1 año y del 2,00% cuando ésta sea inferior o igual a 1 año.

En caso de amortización anticipada obligatoria se devengará una penalización del 3,00% sobre el importe cancelado.

Garantías: A determinar por la entidad financiera con la que se tramite la operación.

Vigencia: Se podrán formalizar préstamos con cargo a esta Línea hasta el día 12 de diciembre de 2015.

Tramo II Exportadores Medio y Largo Plazo (acceso web ICO)

ICO Exportadores 2015

Podrán solicitar financiación, autónomos y empresas con domicilio social en España que emitan facturas derivadas de la venta en firme de bienes y servicios realizada a un deudor ubicado fuera del territorio nacional o aquéllas que cuenten con un documento acreditativo acordado con una empresa con domicilio social fuera de España, por el que la empresa compradora se comprometa a adquirir bienes a la empresa con domicilio en España, con independencia de la denominación y forma que se dé a dicho documento.

Condiciones:

Importe máximo por cliente: Se podrá financiar hasta el 100% del importe de la factura, o hasta el 100% del importe de venta de los bienes siempre que no se supere el importe máximo de 12,5 millones de euros de saldo vivo por cliente y año, en una o varias disposiciones.

Conceptos financiables:

– Anticipos de facturas: Se podrán anticipar las facturas que tengan un vencimiento no superior a 180 días, a contar desde la fecha de la firma de la operación.

– Prefinanciación: Necesidades de liquidez de la empresa para cubrir los costes de producción y elaboración del bien objeto de exportación.

La operación de prefinanciación financiada con fondos ICO, deberá ser cancelada con carácter previo a la formalización de una operación de anticipo de facturas de los bienes que fueron objeto de prefinanciación.

Modalidad de la operación: tipo de contrato de financiación que acuerden el cliente y la Entidad de Crédito.

Tipo de interés: El tipo de interés Variable (6 meses), más un margen de hasta el 2,30%.Las fechas y forma de liquidación de los intereses se pactarán entre la Entidad de Crédito y el cliente, en función del tipo de contrato que hayan formalizado.

Garantías: La Entidad de Crédito podrá solicitar las garantías que estime oportunas, tanto en operaciones de financiación de anticipo de facturas como de prefinanciación.

Comisiones y gastos: La Entidad de Crédito no aplicará ninguna comisión al cliente salvo en caso de amortización anticipada obligatoria que se devengará una penalización del 1,50% sobre el importe cancelado.

Vigencia: Se podrán formalizar operaciones hasta el día 12 de  diciembre de 2015.

ICO Exportadores 2015