Webinar informativos sobre las ‘Ayudas a la conciliación del Trabajo Autónomo. Líneas 4 y 5. ¡Descarga los materiales!

Presentación.
Retransmisión completa.

El 21 de junio, Andalucía Emprende organiza un encuentro digital con el propósito de anunciar y explicar la convocatoria para 2022 de las líneas 4 y 5 reguladas en la Orden de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía (BOJA núm. 197, de 9.10.2020).

Hemos contado con dos integrantes del Equipo de Alto Rendimiento de Autónomos de Andalucía Emprende: M.S. Salomé, técnica del CADE de Lucena y María Orrillo, técnica del CADE de La Línea de la Concepción; y una integrante del EAR Red con Ellas, Nieves Milla, técnica del CADE de Lora del Río.

Ayudas convocadas:

Línea 4. Subvenciones para la contratación realizada por personas trabajadoras autónomas con hijos o hijas menores de 3 años a su cargo para que trabajen en su actividad económica o profesional

Objetivo
Fomentar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas trabajadoras autónomas con hijos o hijas menores de 3 años a su cargo

¿Qué se subvenciona?
La contratación por cuenta ajena que se realice por la persona trabajadora autónoma para que trabaje en su actividad económica o profesional, así como el mantenimiento de la misma, de forma ininterrumpida durante doce meses hasta que el hijo o hija cumpla tres años.

Serán subvencionables las contrataciones realizadas a partir de que surta efectos la presente convocatoria y durante su vigencia (8 de Junio a 30 de septiembre de 2022), así como las contrataciones realizadas en los doce meses anteriores a que surta efectos la presente convocatoria. Es decir, contrataciones desde el 08/06/2021 al 30/09/2022.

Cuantía

Será de 6.000 € por cada nueva contratación a tiempo completo y por un periodo de doce meses.
Será de 7.200 si la persona contratada es mujer, hombre menor de 30 años, persona con discapacidad igual o superior al 33%, víctima de violencia de género y/o víctima de terrorismo para contrataciones a tiempo completo y por un periodo de doce meses.
Las cuantías se adaptarán proporcionalmente a la jornada de trabajo a tiempo parcial siendo la duración mínima de 20 horas semanales o su promedio en cómputo anual.

Línea 5. Subvenciones para la contratación realizada por personas trabajadoras autónomas para la sustitución en los supuestos de riesgo durante el embarazo, y en los periodos de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar.

Objetivo
Favorecer una mayor presencia de la mujer en el trabajo autónomo, apoyando la contratación de una persona trabajadora por cuenta ajena para su sustitución en los supuestos de riesgo durante el embarazo y promover las condiciones para fomentar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, durante los períodos de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción y acogimiento familiar.

¿Qué se subvenciona?

Las contrataciones de interinidad realizadas por las mujeres trabajadoras autónomas, en los supuestos de riesgo durante el embarazo, por el tiempo que perdure el mismo, con el fin de facilitar y favorecer la presencia de la mujer en el trabajo autónomo.

b) Las contrataciones de interinidad formalizadas por las personas trabajadoras autónomas para el disfrute del período de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción y acogimiento familiar, con el fin de fomentar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las mismas.

Serán subvencionables las contrataciones realizadas a partir de que surta efectos la presente convocatoria y durante su vigencia (08 de Junio a 30 de septiembre de 2022), así como las contrataciones realizadas en los doce meses anteriores a que surta efectos la presente convocatoria.

Beneficiarios

a. Las mujeres trabajadoras autónomas en situación de riesgo durante el embarazo.
b. Las personas trabajadoras autónomas, en general, para el disfrute del período de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción y acogimiento familiar.

Cuantía de la ayuda:
a. La cuantía será de 3.200 € para el contrato de interinidad a jornada completa formalizado por las mujeres trabajadoras autónomas en los supuestos de riesgo durante el embarazo por un período máximo de ocho meses.
b. Para el contrato de interinidad a jornada completa formalizado por las personas trabajadoras autónomas en el periodo de descanso por motivos de nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción y acogimiento familiar, 1.700 euros por un período de dieciséis semanas, y 1.900 euros por un período de dieciocho semanas, para aquéllos supuestos contemplados en la Ley General de la Seguridad Social en relación con el Estatuto de los Trabajadores para los que corresponda el mismo.
c. Las cuantías de los apartados a) y b) se incrementarán un 50% cuando las contrataciones se formalicen con personas desempleadas no ocupadas, inscritas en el Servicio Andaluz de Empleo como demandantes de empleo, que sean:

  • Mujeres.
  • Hombres menores de 30 años.
  • Persona con discapacidad reconocida en un grado igual o superior al 33%.
  • Víctima de violencia de género.
  • Víctima de terrorismo.
    d. Las cuantías anteriores se adaptarán proporcionalmente a la jornada.

Plazo de solicitud:

Hasta el 30 de septiembre de 2022.

Más información en:

  • Orden de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía (BOJA núm. 197, de 9.10.2020).
  • Resolución de 26 de mayo de 2022, por la que se convoca, para el año 2022, la concesión de subvenciones de las líneas 4 y 5 para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía (BOJA núm. 197, de 9.10.2020 modificada corrección 12.01.2021 BOJA núm. 6).
  • Resolución de convocatoria en 2022 el 26 de mayo de 2022. Y extracto de convocatoria el 7/06/2022,

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24389.htm
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24388.htm